Si quieres conocer el régimen general asimilado, te transmitimos los regímenes y coberturas de las seguridad social.
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A la hora de crear una empresa, se elegirá el régimen de la seguridad social en el que darse de alta. Este régimen dependerá del capital de la empresa, de las funciones a desempeñar por el socio dentro de la empresa, las relaciones de parentesco entre socios o administradores, etc.
Hay tres Regímenes de la seguridad social: Régimen General, Régimen General Asimilado y Régimen de Autónomos. Cada uno de ellos cubrirá una serie de coberturas o prestaciones que pone en funcionamiento la Seguridad Social para reparar situaciones de necesidad concretos que suelen originar pérdida de ingresos o exceso de gastos en las personas que los sufren.
En líneas generales el encuadramiento en uno u otro régimen es el siguiente:
- En el Régimen General se encuadrarán tanto los socios trabajadores como los administradores con una participación en el capital social inferior al 33%; siempre y cuando no realicen funciones de dirección o gerencia, en cuyo caso entrarán en régimen General Asimilado u Autónomos dependiendo del porcentaje del capital social.
- En el Régimen General Asimilado se incluirán los socios administradores que efectivamente realicen funciones de dirección y gerencia; y su participación en la Sociedad sea inferior a la cuarta parte del capital.
- En el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, o RETA; se darán de alta el resto de socios trabajadores o administradores que no se encuentren en los dos epígrafes anteriores. También se incluirán aquí los socios trabajadores cuya participación directa o indirecta, es decir; contando el porcentaje de participación de los familiares hasta el 2º grado sea superior al cincuenta por ciento del capital de la sociedad
¿Qué coberturas tiene cada uno de ellos?
- Régimen General: CC+ATEP+desempleo+Fogasa +FP
Coberturas: Todas
- Régimen General Asimilado: CC+ATEP+FP
Coberturas: Ni Fogasa ni desempleo
- Régimen Autónomos RETA
CC+ Cese actividad
CC+ATEP
CC+ATEP +Cese actividad
Coberturas: Ni Fogasa ni desempleo y Opcionales: ATEP+ Cese actividad
Nota. CC=contingencias Comunes, ATEP=Accidente trabajo Enfermedad Profesional, FP=Formación Profesional, Fogasa=Fondo Garantía Salarial
Si tienes más dudas sobre los encuadramientos y coberturas en la seguridad social te podemos ayudar. Escríbenos a info@asseturasesores.es o contacta con nosotros.
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