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El permiso de paternidad será de un mes a partir del 1 de enero de 2017
El Gobierno ha confirmado la ampliación del permiso de paternidad, que será de un mes a partir de 2017.
¿Quién tiene derecho a este permiso?
En el caso de nacimiento de un hijo por parto de la madre, el permiso de paternidad lo puede solicitar únicamente el otro progenitor, ya que la madre tiene su propio permiso de maternidad. Cuando hay adopción o acogimiento, si los dos progenitores trabajan deberán decidir cuál de ellos disfruta del permiso de paternidad, salvo que uno haya disfrutado del permiso de maternidad, el cuyo caso tan solo podrá disfrutar de paternidad el otro. El permiso de paternidad, como el de maternidad, son permisos para trabajadores. No se trata de una ayuda económica por ser padre o madre, sino que se permite unas semanas de descanso sin ir a trabajar pero sin dejar de cobrar el sueldo. El permiso de paternidad lo pueden pedir los trabajadores por cuenta ajena, los funcionarios, los autónomos, empleados de hogar, etc.
¿Cuánto se cobra?
Mientras disfruta del permiso de paternidad, el trabajador cobra el 100% de la base reguladora de su sueldo.
¿Dónde se presenta la solicitud?
El permiso de paternidad se solicita ante Instituto Nacional de la Seguridad Social. Para solicitar este permiso hay dos requisitos:
- Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta.
- Tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del período de suspensión o del permiso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a dicha fecha.
Permiso de Paternidad:
BOE. Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida.
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